Home Código de conducta de proveedores

Código de conducta de proveedores

Código de conducta de proveedores

Fiery, LLC.
CÓDIGO DE CONDUCTA DE PROVEEDORES

Fiery, LLC. considera de gran importancia asegurarse de que sus proveedores (incluidos, entre otros, proveedores de servicios, distribuidores, fabricantes, arrendadores, así como cualquier tercero que tenga relación con cualquier entidad de Fiery, LLC.) y sus subcontratistas (colectivamente, “Proveedores”) compartan un conjunto de normas, prácticas y principios comunes con Fiery, LLC. con respecto a las normas laborales y la responsabilidad social, la protección del medio ambiente y la ética y la integridad empresarial.

Consecuentemente, Fiery, LLC. establece y promueve relaciones ejemplares con todos sus Proveedores basadas en la responsabilidad, la equidad y la integridad. Por consiguiente, Electronics For Imaging, Inc. exige a sus Proveedores que respeten los principios establecidos en este Código de conducta de proveedores (“Código”) y que se aseguren de que sus propios proveedores hagan lo mismo en el desempeño de sus actividades para Fiery, LLC. Fiery, LLC. se compromete, en el desempeño de sus actividades, a cumplir todas las leyes, reglamentos y convenios nacionales e internacionales vigentes, así como las mejores prácticas, especialmente en materia de normas laborales y responsabilidad social, protección del medio ambiente y ética e integridad empresarial.

Fiery, LLC. confía en que sus Proveedores apliquen el mismo respeto por las leyes, reglamentos, convenciones y principios éticos y empresariales aplicables en la gestión de sus propias empresas. Por esta razón, Fiery, LLC. exige el estricto cumplimiento de estas normas por parte de sus Proveedores. En caso de que la legislación nacional u otros reglamentos vigentes y el presente Código aborden los mismos temas con normas diferentes, se aplicarán las normas más estrictas y las disposiciones más restrictivas. Fiery, LLC. trabaja con Proveedores que se comprometen a cumplir con los requisitos de este Código y a garantizar que sus propios proveedores hagan lo mismo en el desempeño de sus actividades para Fiery, LLC.

En el supuesto de incumplimiento de este Código por parte de un Proveedor, todas las entidades de Fiery, LLC. que mantengan una relación comercial con dicho Proveedor se reservan el derecho a exigir que se corrijan las infracciones, a interrumpir las compras, a negarse a aceptar la entrega de cualquier orden de compra y a devolver cualquier mercancía procedente del Proveedor hasta que se hayan corregido los incumplimientos, y podrán rescindir su relación comercial con el Proveedor, además de cualquier otro derecho o remedio que tengan a su disposición dichas entidades de Fiery, LLC.

1. EL CÓDIGO NO TIENE POR OBJETO CREAR DERECHOS NUEVOS NI ADICIONALES PARA TERCEROS, INCLUIDOS LOS TRABAJADORES.

El Código está compuesto por cinco secciones. Las secciones A, B y C describen las normas laborales, de salud y seguridad y medioambientales, respectivamente. La Sección D añade normas relativas a la ética empresarial, mientras que la Sección E expone los elementos de un sistema aceptable para gestionar la conformidad con este Código.

A. TRABAJO

Las empresas participantes se comprometen a defender los derechos humanos de los trabajadores y a tratarlos con la dignidad y el respeto que la comunidad internacional entiende por tales. Este principio se aplica a todos los trabajadores, incluidos los temporales, inmigrantes, estudiantes, contratados, empleados directos y cualquier otro tipo de trabajador. En la elaboración del Código se han utilizado las normas reconocidas que figuran en las Referencias y que pueden ser fuentes útiles de información adicional. Las normas laborales son:

(i) Libre elección de empleo

Está prohibido el trabajo forzoso o en condiciones de servidumbre (incluida la servidumbre por deudas), el trabajo involuntario o de explotación de las personas privadas de libertad, la esclavitud o el tráfico de personas. Esto incluye el traslado, la acogida, el reclutamiento, la transferencia o la recepción de personas por medio de amenazas, fuerza, coacción, secuestro o fraude a cambio de trabajo o servicios. No se deberán imponer restricciones injustificadas a la libertad de movimiento de los trabajadores en las instalaciones, ni restricciones injustificadas a la entrada o salida de las instalaciones proporcionadas por la empresa, incluidos, si los hubiera, los dormitorios o alojamientos de los trabajadores. En el marco del proceso de contratación, todos los trabajadores deben recibir un contrato de trabajo por escrito y en su lengua materna que contenga una descripción de las condiciones laborales. Los trabajadores inmigrantes extranjeros deben recibir el acuerdo de empleo con anterioridad a la salida del trabajador de su país de origen y no se permitirán sustituciones ni cambios en el acuerdo laboral a la llegada al país receptor, a menos que estos cambios se realicen para cumplir la legislación local y ofrecer condiciones iguales o mejores. Todo el trabajo debe ser voluntario y los trabajadores deben tener la libertad de dejar el trabajo en cualquier momento o de rescindir su relación laboral sin penalización alguna si se notifica con una antelación razonable según el contrato del trabajador. Los empleadores, agentes y subagentes no pueden retener o destruir, ocultar o confiscar documentos de identidad o de inmigración, como documentos de identidad oficiales, pasaportes o permisos de trabajo. Los empleadores únicamente pueden retener documentación si así lo exige la ley. En tal caso, en ningún momento se debe negar a los trabajadores el acceso a sus documentos. Los trabajadores no estarán obligados a pagar a los agentes o subagentes de los empleadores honorarios de contratación u otros honorarios relacionados con su empleo. En caso de que se descubra que los trabajadores han abonado alguna de estas comisiones, estas deberán ser reembolsadas a los trabajadores.

Trabajadores jóvenes

No se debe utilizar mano de obra infantil en ninguna etapa de la fabricación. El término “infantil” hace referencia a cualquier persona que no haya cumplido los 15 años, o que no haya alcanzado la edad necesaria para finalizar la educación obligatoria, o que no haya alcanzado la edad mínima para trabajar en el país, la que sea mayor. Las empresas participantes deberán implantar un mecanismo adecuado para verificar la edad de los trabajadores. Respaldamos el uso de programas legítimos de aprendizaje en el lugar de trabajo que cumplan todas las leyes y normativas. Los trabajadores menores de 18 años (trabajadores jóvenes) no deben realizar trabajos que puedan poner en peligro su salud o su seguridad, ni tampoco turnos nocturnos ni horas extraordinarias. Las empresas participantes garantizarán la
correcta gestión de los trabajadores estudiantes a través del mantenimiento adecuado de los expedientes académicos, la diligencia debida y rigurosa de los colaboradores educativos y la protección de los derechos de los estudiantes de conformidad con las leyes y reglamentos aplicables. Las empresas participantes proporcionarán el apoyo y la formación adecuados a todos los estudiantes que trabajen. En ausencia de legislación local, el salario de los estudiantes que trabajen, los becarios y los aprendices será como mínimo el mismo que el de otros trabajadores principiantes que realizan tareas iguales o similares. En caso de que se descubra la existencia de trabajo infantil, se proporcionará asistencia/remedio.

(ii) Horario laboral

Los estudios sobre las prácticas empresariales establecen una clara relación entre la tensión de los trabajadores y la reducción de la productividad, el aumento de la rotación de personal y el incremento de las lesiones y enfermedades. El horario de trabajo no debe superar el máximo establecido por las leyes locales. Asimismo, la semana laboral no debería superar las 60 horas semanales, incluidas las horas extraordinarias, a excepción de situaciones de emergencia o poco habituales. Todas las horas extraordinarias deben ser voluntarias. Los trabajadores deberán tener al menos un día libre cada siete días.

(iii) Salarios y beneficios

La remuneración pagada a los trabajadores deberá cumplir todas las leyes sobre salarios vigentes, incluidas aquellas relativas al salario mínimo, las horas extraordinarias y los beneficios exigidos por ley. De acuerdo con las leyes locales, se compensará a los trabajadores por las horas extraordinarias con una retribución superior a la hora ordinaria. Las deducciones salariales como medida disciplinaria no estarán permitidas. Para cada periodo de pago, se proporcionará a los trabajadores un recibo de salario puntual y fácil de entender que incluya información suficiente para verificar la remuneración exacta por el trabajo realizado. Todo el uso de mano de obra temporal, contratada a través de una intermediaria (ETT) y subcontratada se hará dentro de los límites establecidos por la ley local.

(iv) Trato humanitario

No debe haber ningún tipo de maltrato o trato inhumano, incluida la violencia, la violencia de género, el acoso sexual, los abusos sexuales, los castigos corporales, la coacción mental o física, la intimidación, la humillación pública o el abuso verbal de los trabajadores; tampoco debe existir la amenaza de ningún trato de este tipo. Las políticas y procedimientos disciplinarios en apoyo de estos requisitos deberán ser claramente definidos y comunicados a los trabajadores.


(v) No discriminación/no acoso

Las empresas participantes deben comprometerse a mantener un lugar de trabajo exento de acoso y discriminación ilegal. Las empresas no deben discriminar ni acosar por motivos de raza, color, edad, sexo, orientación sexual, identidad y expresión de género, origen étnico o nacional, discapacidad, embarazo, religión, afiliación política, pertenencia a un sindicato, categoría de veterano, información genética protegida o estado civil en las prácticas de contratación y empleo, como salarios, ascensos, recompensas y acceso a la formación. Se facilitarán a los trabajadores las adaptaciones razonables para sus prácticas religiosas. Asimismo, los trabajadores o posibles trabajadores no deben someterse a pruebas médicas, incluidas pruebas de embarazo o virginidad, ni a exámenes físicos que se podrían utilizar de forma discriminatoria. Esto se ha redactado teniendo en cuenta el Convenio sobre la discriminación (empleo y ocupación) (n.º 111) de la OIT.

(vi) Libertad sindical

Conforme a la legislación local, las empresas participantes respetarán el derecho de todos los trabajadores a formar y afiliarse a los sindicatos de su elección, a negociar colectivamente y a participar en reuniones pacíficas, así como el derecho de los trabajadores a no participar en tales actividades. Los trabajadores y/o sus representantes deberán poder comunicarse libremente y compartir ideas y preocupaciones con la dirección con respecto a las condiciones laborales y las prácticas de gestión sin miedo a la discriminación, las represalias, la intimidación o el acoso.

B. SALUD Y SEGURIDAD

Las empresas participantes reconocen que, además de minimizar la incidencia de lesiones y enfermedades relacionadas con el trabajo, la existencia de un entorno laboral seguro y saludable aumenta la calidad de los productos y servicios, la consistencia de la producción y la retención de los trabajadores y su estado de ánimo. Asimismo, las empresas participantes reconocen que las opiniones y la formación continuas de los trabajadores son esenciales para detectar y resolver los problemas de salud y seguridad en el lugar de trabajo. En la elaboración del Código se han utilizado como referencia sistemas de gestión reconocidos, como la norma ISO 45001 y las Directrices relativas a los sistemas de gestión de la seguridad y la salud en el trabajo de la OIT, que pueden ser fuentes útiles de información adicional.

Las normas de salud y seguridad son:

(i) Seguridad laboral

El potencial de exposición de los trabajadores a riesgos para la salud y la seguridad (productos químicos, fuentes de energía eléctrica y de otro tipo, incendios, vehículos, caídas, etc.) se debe identificar y evaluar, y mitigar mediante la Jerarquía de controles, que incluye la eliminación del riesgo, la sustitución de procesos o materiales, el control mediante un diseño adecuado, la aplicación de controles administrativos y de ingeniería, el mantenimiento preventivo y los procedimientos de trabajo seguros (incluido el bloqueo/señalización), así como la formación continua en materia de salud y seguridad en el trabajo. En caso de que los peligros no se puedan controlar adecuadamente por estos medios, los trabajadores deberán disponer de equipos de protección individual adecuados y en buen estado, así como de material educativo sobre los riesgos que dichos peligros suponen para ellos. Asimismo, se deben adoptar las medidas razonables para apartar a las mujeres embarazadas y a las madres en periodo de lactancia de las condiciones de trabajo más peligrosas, eliminar o reducir los riesgos para la salud y la seguridad en el lugar de trabajo de las mujeres embarazadas y las madres en periodo de lactancia, incluidos los asociados a sus tareas laborales, y ofrecer ajustes razonables a las madres en periodo de lactancia.

(ii) Preparación para casos de emergencia

Se deben identificar y evaluar las posibles situaciones y eventos de emergencia y minimizar su impacto mediante la aplicación de planes de emergencia y procedimientos de respuesta que incluyan la notificación de emergencias, la notificación a los empleados y los procedimientos de evacuación, la formación de los trabajadores y la realización de simulacros. Se deben realizar simulacros de emergencia como mínimo una vez al año o conforme a lo exigido por las leyes locales, lo que sea más estricto. Los planes de emergencia también deberían incluir equipos adecuados de detección y extinción de incendios, vías de salida despejadas y sin obstáculos, instalaciones de salida adecuadas, información de contacto para el personal de emergencia y planes de recuperación. Estos planes y procedimientos se centrarán en minimizar los daños a la vida, al medio ambiente y a la propiedad.

(iii) Lesiones y enfermedades profesionales

Se deben establecer procedimientos y sistemas para prevenir, gestionar, controlar y notificar las lesiones y enfermedades profesionales, incluidas disposiciones para promover la notificación por parte de los trabajadores, clasificar y registrar los casos de lesiones y enfermedades, proporcionar el tratamiento médico necesario, investigar los casos y aplicar medidas correctivas para eliminar las causas y facilitar la reincorporación de los trabajadores al trabajo.

(iv) Higiene industrialLa exposición de los trabajadores a agentes químicos, biológicos y físicos deberá identificarse, evaluarse y controlarse de acuerdo con la Jerarquía de controles. En caso de que se haya detectado algún riesgo potencial, las empresas participantes deberán encontrar soluciones para eliminar o reducir los riesgos potenciales. Si no resulta factible la eliminación o reducción de los riesgos, los riesgos potenciales se deben controlar por medio de controles adecuados de diseño, ingeniería y administración. Cuando los riesgos no se puedan controlar de forma adecuada por estos medios, los trabajadores deberán recibir de forma gratuita y utilizar equipos de protección individual adecuados y en buen estado. Los programas de protección deberán ser permanentes e incluir material educativo sobre los riesgos asociados a estos peligros.

(v) Trabajo físicamente exigente

Debe identificarse, evaluarse y controlarse la exposición de los trabajadores a los riesgos de las tareas físicamente exigentes, incluida la manipulación manual de materiales y el levantamiento de cargas pesadas o repetitivo, la permanencia prolongada de pie y las tareas de ensamblaje muy repetitivas o que requieran mucha fuerza.

(vi) Protección de máquinas

La maquinaria de producción y de otro tipo deberá ser evaluada para detectar riesgos para la seguridad. Se deberán instalar y mantener adecuadamente protecciones físicas, dispositivos de seguridad y barreras cuando la maquinaria represente un riesgo de lesión para los trabajadores.

(vii) Saneamiento, alimentación y alojamiento

Los trabajadores deben disponer de fácil acceso a aseos limpios, agua potable e instalaciones sanitarias para la preparación, almacenamiento y consumo de alimentos. Los dormitorios de los trabajadores proporcionados por la empresa participante o por un agente laboral deberán mantenerse limpios y seguros, y disponer de salidas de emergencia apropiadas, agua caliente para bañarse y ducharse, iluminación, calefacción y ventilación adecuadas, espacios individuales seguros para guardar objetos personales y de valor, y un espacio personal razonable, así como privilegios razonables de entrada y salida.

(viii) Comunicación en materia de salud y seguridad

Las empresas participantes proporcionarán a los trabajadores información y formación adecuadas en materia de salud y seguridad en el lugar de trabajo, en el idioma del trabajador o en un idioma que el trabajador pueda comprender, en relación con todos los riesgos identificados en el lugar de trabajo a los que estos estén expuestos, incluidos, entre otros, los riesgos de origen mecánico, eléctrico, químico, de incendio y físico. La información relativa a la salud y la seguridad deberá estar claramente expuesta en las instalaciones o colocada en un lugar identificable y accesible para los trabajadores. La formación debe impartirse a todos los trabajadores antes de que empiecen a trabajar y, posteriormente, con regularidad. Se animará a los trabajadores a que expresen sus preocupaciones en materia de salud y seguridad sin sufrir ningún tipo de represalias.

C. MEDIOAMBIENTE

Las empresas participantes reconocen que la responsabilidad con el medioambiente es una parte integral de la fabricación de productos de primera categoría. Estas deberán identificar el impacto medioambiental y minimizar los efectos perjudiciales sobre la comunidad, el medioambiente y los recursos naturales en sus operaciones de fabricación, salvaguardando al mismo tiempo la salud y la seguridad del público. En la elaboración del Código se han utilizado como referencia sistemas de gestión reconocidos, como la norma ISO 14001 y el Sistema comunitario de gestión y auditoría medioambiental (EMAS, por sus siglas en inglés), que pueden ser una fuente útil de información adicional.

Las normas medioambientales son:

(i) Permisos e informes medioambientales

Todos los permisos medioambientales requeridos (por ejemplo, control de vertidos), aprobaciones y registros deberán obtenerse, mantenerse y actualizarse, y se deberán cumplir sus requisitos operativos y de información.

(ii) Prevención de la contaminación y reducción de recursos

Las emisiones y vertidos de sustancias contaminantes y la generación de residuos se deben minimizar o eliminar en su origen o mediante prácticas como la incorporación de equipos de control de la contaminación, la modificación de los procesos de producción, de mantenimiento y de las instalaciones, o por otros métodos. El uso de los recursos naturales, incluidos el agua, los combustibles fósiles, los minerales y los productos forestales de bosques vírgenes, debe minimizarse mediante prácticas como la modificación de los procesos de la producción, mantenimiento e instalaciones, la sustitución de materiales, la reutilización, la conservación, el reciclaje u otros métodos.

(iii) Sustancias peligrosas

Los productos químicos, desperdicios y cualquier otro material que suponga un peligro para las personas o el medioambiente deben ser identificados, etiquetados y gestionados para garantizar su manipulación, traslado, almacenamiento, uso, reciclaje o reutilización y eliminación en condiciones de seguridad.

(iv) Residuos sólidos

Las empresas participantes deberán aplicar un enfoque sistemático para identificar, gestionar, reducir y eliminar o reciclar de forma responsable los residuos sólidos (no peligrosos).

(v) Emisiones a la atmósfera

Las emisiones a la atmósfera de compuestos orgánicos volátiles, aerosoles, sustancias corrosivas, partículas, sustancias que agotan la capa de ozono y subproductos de la combustión generados por las operaciones deberán describirse, supervisarse de forma rutinaria, controlarse y tratarse según se requiera antes de su liberación. Las sustancias que agotan la capa de ozono se deben gestionar de forma eficaz de acuerdo con el Protocolo de Montreal y la normativa aplicable. Las empresas participantes deberán llevar a cabo un seguimiento rutinario del funcionamiento de sus sistemas de control de emisiones a la atmósfera.

(vi) Restricciones de materiales

Las empresas participantes deben cumplir todas las leyes, reglamentos y requisitos de los clientes vigentes en materia de prohibición o restricción de sustancias específicas en los productos y en la fabricación, incluido el etiquetado para el reciclado y la eliminación.

(vii) Gestión de los recursos hídricos

Las empresas participantes deberán implantar un programa de gestión de los recursos hídricos en el que se documenten, describan y controlen las fuentes, el uso y los vertidos de agua, se busquen oportunidades para conservar el agua, y se controlen los canales de contaminación. Todas las aguas residuales se deben describir, supervisar, controlar y tratar según sea necesario antes de su vertido o eliminación. Las empresas participantes deberán realizar un seguimiento rutinario del rendimiento de sus sistemas de tratamiento y contención de aguas residuales para garantizar un rendimiento óptimo y el cumplimiento de la normativa.

(viii) Consumo energético y emisiones de gases de efecto invernadero

Las empresas participantes deben establecer un objetivo de reducción de gases de efecto invernadero a nivel corporativo. El consumo energético y todas las emisiones de gases de efecto invernadero relevantes de Alcance 1 y 2 deben ser objeto de seguimiento, documentación e información pública en relación con el objetivo de reducción de gases de efecto invernadero. Las empresas participantes deben buscar métodos para mejorar la eficiencia energética y reducir al mínimo el consumo de energía y las emisiones de gases de efecto invernadero.

D. ÉTICA

A fin de cumplir con las responsabilidades sociales y alcanzar el éxito en el mercado, las empresas participantes y sus agentes deben respetar las normas éticas más estrictas, entre las que se incluyen:

(i) Integridad empresarial

Todas las interacciones comerciales deben respetar las normas de integridad más estrictas. Las empresas participantes deberán aplicar una política de tolerancia cero que prohíba todas y cada una de las formas de soborno, corrupción, extorsión y malversación.

(ii) Sin ventajas indebidas

No se deben prometer, ofrecer, autorizar, dar o aceptar sobornos ni otros medios de obtener ventajas indebidas o inapropiadas. Esta prohibición comprende la promesa, el ofrecimiento, la autorización, la entrega o la aceptación de cualquier objeto de valor, ya sea de forma directa o indirecta a través de un tercero, con el fin de obtener o conservar un negocio, dirigir un negocio a cualquier persona u obtener de cualquier otro modo una ventaja indebida. Para garantizar el cumplimiento de las leyes anticorrupción, se deberán implementar procedimientos de seguimiento, mantenimiento de registros y ejecución.

(iii) Divulgación de información

Todas las operaciones comerciales se deben realizar con transparencia y quedar reflejadas con exactitud en los libros y registros comerciales de la empresa participante. La información sobre las prácticas laborales, sanitarias y de seguridad, medioambientales, las actividades empresariales, la estructura, la situación financiera y los resultados de las empresas participantes se divulgará de conformidad con la normativa vigente y las prácticas predominantes en el sector. La falsificación de registros o la tergiversación de condiciones o prácticas en la cadena de suministro son inadmisibles.

(iv) Propiedad intelectual

Se deben respetar los derechos de propiedad intelectual; la transferencia de tecnología y conocimientos técnicos se debe realizar de forma que se protejan los derechos de propiedad intelectual; y se debe proteger la información sobre clientes y proveedores.

(v) Prácticas comerciales, publicidad y competencia leales

Se deben respetar las normas de prácticas comerciales, publicidad y competencia leales.

(vi) Protección de la identidad y no tomar represalias

Se deben mantener programas que garanticen la confidencialidad, el anonimato y la protección de los empleados y proveedores denunciantes (2), a menos que la ley lo prohíba. Las empresas participantes deben contar con un proceso establecido para que su personal pueda plantear sus preocupaciones sin temor a represalias.

(vii) Abastecimiento responsable de minerales

Las empresas participantes adoptarán una política y ejercerán la diligencia debida en relación con el origen y la cadena de custodia del tántalo, el estaño, el wolframio y el oro de los productos que fabriquen, a fin de garantizar razonablemente que su origen se ajusta a la Guía de Debida Diligencia de la Organización para la Cooperación y el Desarrollo Económico (OCDE) para Cadenas de Suministro Responsables de Minerales en las Áreas de Conflicto o de Alto Riesgo, o a un marco de diligencia debida equivalente y reconocido.

(viii) Privacidad

Las empresas participantes deben comprometerse a proteger las expectativas razonables de privacidad de la información de carácter personal de todas las personas con las que hacen negocios, incluidos proveedores, clientes, consumidores y empleados. Estas deben cumplir las leyes y los requisitos normativos de privacidad y seguridad de la información a la hora de recopilar, almacenar, procesar, transmitir y compartir información de carácter personal.

2. DEFINICIÓN DE DENUNCIANTE: TODA PERSONA QUE DENUNCIE UNA CONDUCTA INDEBIDA DE UN EMPLEADO O DIRECTIVO DE UNA EMPRESA O DE UN FUNCIONARIO PÚBLICO U ORGANISMO OFICIAL.

E. SISTEMAS DE GESTIÓN

Las empresas participantes deberán implantar o establecer un sistema de gestión cuyo ámbito de aplicación esté relacionado con el contenido de este Código. El sistema de gestión deberá estar diseñado para garantizar: (a) el cumplimiento de las leyes, reglamentos y requisitos del cliente aplicables relacionados con las operaciones y productos de la empresa participante; (b) la conformidad con este Código; y (c) la identificación y mitigación de los riesgos operativos relativos a este Código. Asimismo, debería facilitar la mejora continua.

El sistema de gestión debería contener los siguientes elementos:

(i) Compromiso de la empresa

Declaraciones de política de responsabilidad social y medioambiental de la empresa participante en las que se afirme su compromiso con el cumplimiento y la mejora continua, respaldadas por la dirección ejecutiva y expuestas en la instalación en el idioma local.

(ii) Responsabilidad y rendición de cuentas de la dirección

La empresa participante identifica claramente a los altos ejecutivos y a los representantes de la empresa responsables de garantizar la aplicación de los sistemas de gestión y los programas asociados. Los altos directivos deben revisar periódicamente el estado de los sistemas de gestión.

(iii) Requisitos legales y del cliente

Un proceso para identificar, supervisar y comprender las leyes, reglamentos y requisitos de los clientes aplicables, incluidos los requisitos de este Código.

(iv) Evaluación y gestión de riesgos

Un proceso para identificar los riesgos relacionados con el cumplimiento de la legislación, el respeto al medioambiente, la salud y la seguridad (3), las prácticas laborales y la ética asociados a las operaciones de la empresa participante. Se determinará la importancia relativa de cada riesgo y se implantarán los controles físicos y de procedimiento adecuados para controlar los riesgos identificados y garantizar el cumplimiento de la normativa. (3) Las áreas que se deben incluir en una evaluación de riesgos para la salud y la seguridad medioambientales son las zonas de producción, los almacenes y las instalaciones de almacenamiento, el equipo de apoyo de la planta/instalaciones, los laboratorios y las áreas de pruebas, las instalaciones sanitarias (baños), la cocina/cafetería y las viviendas/dormitorios de los trabajadores.

(v) Objetivos de mejora

Objetivos, metas y planes de aplicación del rendimiento por escrito a fin de mejorar el rendimiento social, medioambiental y de salud y seguridad de la empresa participante, incluida una evaluación periódica del rendimiento de la empresa participante en la consecución de dichos objetivos.

(vi) Formación

Programas de formación para directivos y trabajadores destinados a la aplicación de las políticas, procedimientos y objetivos de mejora de la empresa participante y al cumplimiento de los requisitos legales y reglamentarios vigentes.

(vii) Comunicación

Un proceso para transmitir a los trabajadores, proveedores y clientes información de forma clara y precisa sobre las políticas, prácticas, expectativas y resultados de la empresa participante.

(viii) Comentarios, participación y quejas de los trabajadores

Procesos continuos, incluido un mecanismo eficaz de presentación de quejas, para evaluar la comprensión por parte de los trabajadores de las prácticas y condiciones cubiertas por este Código y obtener información sobre las mismas o sobre las infracciones cometidas, así como para fomentar la mejora continua. Los trabajadores deben disponer de un entorno seguro para presentar sus quejas y opiniones sin temor a represalias.

(ix) Auditorías y evaluaciones

Autoevaluaciones periódicas a fin de garantizar la conformidad con los requisitos legales y reglamentarios, el contenido del Código y los requisitos contractuales de los clientes en materia de responsabilidad social y medioambiental.

(x) Proceso de medidas correctivas

Un proceso para la corrección en tiempo oportuno de las deficiencias identificadas mediante evaluaciones, inspecciones, investigaciones y revisiones internas o externas.

(xi) Documentación y registros

Creación y mantenimiento de documentos y registros a fin de garantizar el cumplimiento de la normativa y la conformidad con los requisitos de la empresa, así como la confidencialidad adecuada para proteger la privacidad.

(xii) Responsabilidad de proveedores

Un proceso para transmitir los requisitos del Código a los proveedores y controlar su cumplimiento.